PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LAS DENUNCIAS RECIBIDAS

PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DE LAS DENUNCIAS RECIBIDAS
 
1. OBJETO
El propósito que subyace al presente documento es instituir un procedimiento especifico para gestionar de manera efectiva las denuncias y las informaciones que ingresen a través del Sistema Interno de Información o Canal de Denuncia de BRUNETTI PROPERTIES S.L.
Es importante destacar que dicho procedimiento ha sido diseñado para cumplir y respetar íntegramente los requerimientos mínimos establecidos por la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
2. ALCANCE
El presente procedimiento será de aplicación a todas las notificaciones recibidas a través del Canal de Denuncias de BRUNETTI PROPERTIES S.L.
 
3. RESPONSABILIDADES DEL RESPONSABLE INTERNO DEL SISTEMA
- Se desempeñará en sus funciones con independencia y autonomía respecto a los demás órganos de la entidad u organismo, sin recibir instrucciones de ningún tipo en su ejercicio, y deberá contar con todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo sus responsabilidades.
- Será responsable de tramitar diligentemente las notificaciones recibidas a través del Sistema Interno de Información o Canal de Denuncia.
- Se comprometerá a respetar y asegurar el cumplimiento adecuado del presente procedimiento.
 
4. DERECHOS Y GARANTÍAS DE LAS PARTES
Toda denuncia remitida a través de los procedimientos establecidos en este documento estará sujeta a una estricta confidencialidad, resguardando así la privacidad y seguridad de las partes involucradas.
Es imperativo destacar que esta entidad preservará y honrará el derecho fundamental a la presunción de inocencia y al honor de todas las partes implicadas en una denuncia, asegurando en todo momento que no se vulneren los derechos de ningún individuo afectado.
Durante el transcurso de la investigación de cualquier denuncia, se garantizará el derecho de la persona afectada a ser informada sobre las acciones u omisiones que se le imputan. No obstante, este derecho será ejercido en el momento oportuno para salvaguardar la integridad y el éxito de
la investigación.
Además, se asegurará el pleno respeto de las disposiciones relativas a la protección de datos personales, conforme a lo establecido en el título V de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, la cual regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y la lucha contra la corrupción.
BRUNETTI PROPERTIES S.L., proporcionará a los usuarios del canal de denuncia información clara y accesible sobre los canales externos de información disponibles ante las autoridades competentes en España, así como ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.
Específicamente, se informa al denunciante que:
•Como persona física, tiene a su disposición diversos Canales Externos de Información, los cuales pueden ser utilizados de manera análoga al presente Canal Interno:
•Canal Externo de Información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.:
"En desarrollo"
. Mientras se constituye la Autoridad Independiente de Protección del Informante, toda persona física podrá informar ante la misma de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, ya sea directamenteo previa comunicación a la AECID a través del Canal del informante.
•También puede formular las denuncias en línea, a través del servicio Infofraude:
https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx
•Canal Externo de información en la Comunidad Autónoma de Andalucía:
•Canal Externo de Denuncia de la Unión Europea:
 
•Información sobre la protección de los derechos de la Unión Europea:
 
5. CANAL INTERNO DE DENUNCIAS BRUNETTI PROPERTIES S.L., ha adoptado un sistema de gestión de denuncias accesible online desde: 
PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE DENUNCIAS
El Canal de Denuncia ofrece dos modalidades para que los individuos interesados, referidos en adelante como usuarios, puedan presentar denuncias:
1. Presentación de Denuncias con Identificación de los Denunciantes.
2. Presentación de Denuncias de Forma Anónima.
En la presentación de Denuncias con Identificación del Denunciante, los usuarios podrán realizar una denuncia accediendo al enlace proporcionado en la página web corporativa.
Para acceder, los usuarios deberán utilizar credenciales de acceso, tales como un "Nombre de Usuario" y una "Contraseña". Estas credenciales podrán ser proporcionadas de dos maneras:
•El Responsable del Sistema las comunicará individualmente a los usuarios, en caso de que los haya registrado previamente a través de su panel de acceso al Canal de Denuncia.
•Las credenciales serán enviadas por correo electrónico al usuario una vez que se haya registrado desde el panel de acceso web del Canal de Denuncia.
Si la presentación de la Denuncia es de forma anónima, cuando el usuario acceda al enlace disponible en la página web de la entidad, tendrá la opción de presentar una denuncia de forma anónima seleccionando la opción "Denuncia anónima". Para enviar una denuncia anónima, se requerirá completar el campo "Nombre de la Empresa (Denominación Social)" de manera precisa y siguiendo las indicaciones proporcionadas en el MANUAL DE UTILIZACIÓN DEL CANAL DE DENUNCIAS PARA USUARIOS disponible en la entidad.
 
-RECEPCIÓN DE DENUNCIAS, ACUSES DE ESTADO AL DENUNCIANTE E INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE DENUNCIANTE Y RESPONSABLE DEL SISTEMA
El Responsable del Sistema estará facultado para recibir y gestionar cada una de las denuncias mediante su acceso al apartado de Denuncias dentro del Sistema web de gestión de denuncias,
al cual se puede acceder a través del enlace proporcionado en la página web de la entidad. Para ingresar a este Panel, el Responsable del Sistema necesitará identificarse con su Usuario y Contraseña, los cuales serán proporcionados por la entidad.
Dentro de su área de trabajo dedicada a la recepción y gestión de las denuncias, el Responsable del Sistema podrá distinguir entre las denuncias que están en proceso y aquellas que ya han sido revisadas y gestionadas.
En la sección "En Proceso", el Responsable del Sistema contará con todas las denuncias recibidas para su gestión, pudiendo diferenciar entre denuncias de Usuarios identificados con su nombre completo y aquellas anónimas, así como la fecha de recepción o alta de cada denuncia, el tiempo
transcurrido desde su recepción, y el estado actual de cada una.
Los distintos estados que pueden tener las denuncias en proceso son:
-Recibida: La denuncia ha sido recibida, pero aún no se ha iniciado su trámite.
-En Curso: El proceso de trabajo sobre la denuncia está en curso.
Una vez que el Responsable del Sistema reciba una denuncia, se comunicará un acuse de recibo al denunciante en el plazo máximo de 7 días naturales a partir de la recepción, a menos que ello pueda comprometer la confidencialidad de la comunicación.
Tras la comunicación del acuse de recibo, el denunciante recibirá una notificación indicando que su denuncia ha sido recibida, enviada al correo electrónico registrado en su perfil de usuario en el sistema.
En el caso de denuncias no anónimas, el denunciante podrá seguir el estado de trámite de su denuncia desde el apartado "Acceso Denuncia Anónima", utilizando el código de seguimiento proporcionado al enviar la denuncia.
Los estados de trámite posibles para una denuncia son:
-Recibida: La denuncia ha sido recibida, pero aún no se ha iniciado su trámite.
-En Curso: El proceso de trabajo sobre la denuncia está en curso.
-Procesada: La denuncia ha sido gestionada con éxito.
Cualquier cambio en el estado de las denuncias realizado por el Responsable del Sistema será notificado al denunciante a través de su correo electrónico registrado, siempre que el usuario haya autorizado recibir notificaciones de cambios de estado vía email.
La comunicación del acuse de recibo y otros cambios de estado por parte del Responsable del Sistema se realizará a través del apartado "Notificaciones" dentro del panel de gestión de denuncias. Se podrán comunicar los siguientes estados de trámite de la denuncia al denunciante:
-Notificar denuncia recibida.
-Notificar denuncia en trámite.
-Notificar resolución de la denuncia.
El sistema registrará las notificaciones enviadas al denunciante, incluyendo la fecha de envío, e  informará al Responsable del Sistema si han sido recibidas y leídas por el denunciante a través de su acceso al sistema en línea.
Además, el Responsable del Sistema podrá modificar el contenido del mensaje enviado al denunciante al cambiar el estado de trámite de cada denuncia.
 
-TRATAMIENTO DE LA DENUNCIA
Una vez notificado al denunciante que la denuncia está en proceso, el Responsable del Sistema procederá con la investigación y desarrollo de la misma.
El plazo máximo para responder a las actuaciones de investigación no podrá exceder de tres meses a partir de la recepción de la comunicación, o en caso de no haberse enviado un acuse de recibo al informante, tres meses después del vencimiento del plazo de siete días posteriores a la comunicación. Salvo en casos de especial complejidad que requieran una extensión del plazo, en cuyo caso este podría ampliarse hasta un máximo adicional de tres meses.
A través del sistema, el Responsable del Sistema tendrá la capacidad de trabajar en la denuncia.
Durante la gestión de la denuncia, se contempla la posibilidad de mantener comunicación con el denunciante y, si se considera necesario, de solicitar información adicional a la persona informante. Esta opción podrá realizarse tanto a través de medios externos como mediante los medios habilitados en el propio Canal de Denuncia, utilizando el botón "Chat" disponible en cada una de las denuncias recibidas.
En todo momento, la información contenida en la denuncia, así como aquella obtenida durante la investigación, será comunicada al Ministerio Fiscal de forma inmediata en los casos en que los hechos puedan considerarse indiciariamente constitutivos de delito. En el caso de que los hechos
afecten a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá la información a la Fiscalía Europea.
 
6.CONCLUSIÓN DE LA DENUNCIA
Una vez concluido el estudio e investigación de la denuncia, el Responsable del Sistema notificará al denunciante el estado de la denuncia a través de la opción "Notificar resolución de la denuncia".
Es importante destacar que esta notificación de resolución de la denuncia no revelará al denunciante el resultado interno de la investigación en ningún caso.
Una vez que la denuncia esté finalizada, será trasladada al apartado de Denuncias Revisadas dentro de la sección de Denuncias. A partir de ese momento, estará completamente bloqueada y no se podrá modificar de ninguna manera.
 
7.RECEPCIÓN DE DENUNCIAS POR OTROS MEDIOS
Cuando la denuncia sea recibida a través de canales que no sean los establecidos, o sea dirigida a miembros del personal que no sean responsables de su tratamiento y que no hayan sido debidamente capacitados y advertidos sobre la tipificación como infracción muy grave de su incumplimiento, el receptor de la comunicación deberá remitirla de inmediato al Responsable del Sistema.
No obstante lo anterior, este tipo de comunicaciones estarán sujetas a la misma confidencialidad que si se tratara de una denuncia remitida por los canales establecidos en la entidad.